PROHIBICIÓN DE VIDEOJUEGOS BÉLICOS Y JUGUETES BÉLICOS
Resolución por la cual se califican como bienes de primera necesidad o de consumo masivo, las mercancías correspondientes.
En la Gaceta oficial No. 39.320 del 03 de diciembre de 2009 fue publicada la Ley para la Prohibición de Videojuegos Bélicos y Juguetes Bélicos vigente a partir del 03 de marzo de 2010 y tiene por objeto prohibir la fabricación, importación, distribución, compra, venta, alquiler y uso de videojuegos bélicos y juguetes bélicos, su incumplimiento dará lugar al comiso, la destrucción y a sanción con prisión de 3 a 5 años.
Quien promueva su compra o uso será sancionado con multa de dos mil a cuatro mil unidades tributarias (2.000 a 4.000 U.T.).
Para más información visite el siguiente link: http://150.188.8.226/db/bibpgr/edocs/2009/39320.pdf
2010-03-11
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